La Guardia Costera de Estados Unidos publicó el 25 de septiembre de 2026 una regla final que incorpora disposiciones de formación para buques de pasaje del Convenio y Código STCW en las Partes 11 y 12 del 46 CFR. La regla entra en vigor el 26 de octubre de 2026 y se aplica a buques de pasaje con bandera estadounidense que transporten más de 12 pasajeros en viajes internacionales.

**Cambio verificado.** Todo el personal de a bordo deberá completar, antes de ser asignado a tareas de a bordo, una familiarización de emergencia para buques de pasaje acorde con sus funciones. Incluye las características generales de seguridad del buque, la ubicación de equipos esenciales de seguridad y salvamento, la conducta durante los planes de emergencia, las restricciones de uso de ascensores y la comunicación de emergencia con los pasajeros. Los operadores o el personal deberán conservar pruebas documentales, que podrán ser solicitadas por inspectores de la Guardia Costera o de control por el Estado rector del puerto.

La regla también amplía el requisito de formación en gestión de multitudes a los marineros cualificados bajo los Capítulos II, III y VII del STCW, además de capitanes, oficiales y personal designado en las listas de emergencia para asistir a pasajeros. Quienes tengan responsabilidades asignadas sobre la seguridad de los pasajeros siguen sujetos a formación en gestión de crisis y comportamiento humano. En buques ro-ro de pasaje, el personal con responsabilidad inmediata sobre embarque o desembarque, operaciones de carga o aberturas del casco deberá contar con formación aprobada o aceptada en seguridad de pasajeros, seguridad de la carga e integridad del casco.

La Guardia Costera indica que la regla incorpora el texto consolidado STCW de 2017 y da efecto interno a obligaciones internacionales vigentes desde 2018. La agencia estima costes anuales de cumplimiento para el sector de unos US$403.486, en dólares de 2023, principalmente por la familiarización y la ampliación de la formación en gestión de multitudes. Es una estimación del regulador, no una previsión para cada operador.

**Por qué importa.** El efecto operativo va más allá de las titulaciones. Los operadores deben relacionar cada función de a bordo —incluido el personal hotelero, de restauración y otros no vinculados a la navegación— con el nuevo requisito, establecer registros controlados antes de la asignación y comprobar que las funciones de las listas de emergencia correspondan con las pruebas de cursos aprobados o aceptados cuando sea necesario. Los gestores de buques fletados, administrados o con personal temporal también deben definir quién controla la trazabilidad documental y cómo se mostrará durante una inspección.

La regla se limita a la población especificada de buques de pasaje estadounidenses en viajes internacionales; no crea por sí misma una nueva obligación mundial para buques de bandera extranjera. Sin embargo, refleja el marco STCW de formación para buques de pasaje ya reconocido internacionalmente. Para P&I, aseguradores y gestores de siniestros, los registros contemporáneos de familiarización, las matrices de funciones de tripulación y la documentación de simulacros pueden resultar especialmente relevantes al evaluar la preparación tras una emergencia con pasajeros.

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