El Código Internacional de Seguridad para Buques Autónomos de Superficie Marítima (Código MASS) de la Organización Marítima Internacional entró en vigor el 1 de julio de 2026. Adoptado por el Comité de Seguridad Marítima en mayo mediante la resolución MSC.595(111), es el primer marco mundial específico para el diseño, construcción, operación y certificación de buques comerciales autónomos y controlados a distancia.
Por ahora, el Código no es obligatorio. Se aplica a los buques de carga cubiertos por el Capítulo I del SOLAS —por lo general, buques de 500 GT o más en viajes internacionales— y la OMI recomienda que las administraciones lo apliquen, cuando sea posible, también a MASS de menor tamaño. Su finalidad inmediata es respaldar ensayos coherentes y el despliegue comercial inicial mientras los Estados y la industria adquieren experiencia para un futuro régimen obligatorio del SOLAS.
Los requisitos se basan en objetivos y no prescriben una tecnología determinada. Los operadores deben definir cada modo operacional previsto, identificar límites de operación —meteorología, visibilidad, estado de la mar, profundidad y restricciones de hora— y especificar qué hará el buque si las condiciones superan esos límites. La evaluación y gestión de riesgos durante todo el ciclo de vida son centrales. El Código también aborda navegación, conectividad, operaciones remotas, seguridad contra incendios, búsqueda y salvamento, robustez de sistemas y ciberseguridad.
La asignación de responsabilidad es clara: el capitán conserva en todo momento la responsabilidad general del buque, incluso si se encuentra en tierra. Los Centros de Operaciones Remotas deben ser evaluados, certificados y operados dentro de un Sistema de Gestión de la Seguridad sólido. La autonomía, por tanto, no elimina la necesidad de una estructura de mando defendible, autoridad de intervención, controles de competencia, registros y planes de emergencia.
Para propietarios, gestores, fletadores e intereses de P&I, la cuestión práctica no es que un buque se comercialice como “inteligente”. Solo es MASS cuando tecnología autónoma o remota sustituye o apoya funciones normalmente realizadas por personal a bordo, ha completado la aprobación aplicable y posee un Certificado de Seguridad MASS válido. Los buques convencionales con automatización avanzada no reciben una condición regulatoria especial ni exenciones.
Por qué importa: el Código aporta una base común para la diligencia tecnológica, la planificación operativa en fletamentos, cuestionarios de aseguradores y discusiones con puertos antes de que lleguen reglas obligatorias. Quienes evalúen funciones remotas de navegación, maquinaria, carga o puente deberían vincular cada función con el modo operacional aprobado, los procedimientos del SMS, la resiliencia de comunicaciones, los controles cibernéticos y la autoridad conservada del capitán. La hoja de ruta de la OMI prevé un marco de Fase de Construcción de Experiencia en el MSC 112 de diciembre de 2026, desarrollo del Código obligatorio en 2028 y adopción esperada antes del 1 de julio de 2030, para entrada en vigor el 1 de enero de 2032.
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